Experiencia de USUARIO (1 de 2)

He pasado, como la mayoría de la gente que conozco, de utilizar aquellos maravillosos Nokia de toda la vida al Siemens estilo "huevo", no recuerdo que vino después, hasta la reciente -aunque no lo parezca- Blackberry Pearl, donde verdaderamente empezó la revolución de los móviles conectados para mi.

Tras la Blackberry Pearl llegó la Curve. No obstante, cómo la experiencia multimedia era aplastantemente superior en los Android y los iPhone, a pesar de la increíble gestión del email de la Blackberry, decidí dar el paso y cambiar. Aquí llego el momento de la verdad. ¿Qué escoger?¿Un HTC Desire con Android o un iPhone? Debo decir que ya tenía un iPod Touch y la experiencia estaba resultando fantástica, aunque no dejaba de ser un juguete para los podcast, algo de Twitter, fotos y poco mas, así que, a pesar de los dictados del corazón, hice caso a los datos objetivos: perfecta sincronización con Google, personalización, sistema mucho mas abierto, múltiples terminales para elegir, no sujeción a iTunes, radio FM integrada, actualizaciones del sistema operativo de la mano de Google, Flash, Bluetooth no capado...

En definitiva, iPhone era bonito, pero el control lo tendría siempre Apple y eso no me gustaba. Escogí el HTC. ¿Qué tal fué? Bien. Tenía mis datos en la Nube, mi correo sincronizado, las fotos no estaban mal, tuiteaba perfectamente, organizaba mi pantalla de inicio a mi gusto... pero faltaba algo. A veces había algún fallo, algunas aplicaciones estaban pensadas para ingenieros. Era Google. Con sus cosas buenas y sus cosas malas (NOTA: yo soy un heavy user de Google, pero no olvidemos que es una compañía creada por ingenieros, dirigida por ingenieros, con mentalidad de ingeniero. De ahí, en mi opinión, esos fracasos que todavía no le dejan dar con la tecla de las redes sociales. Hacen que las cosas funcionen, pero no terminan de conectar con el corazón de la gente o levantar pasiones).

De modo que ya con el gusanillo detrás de la oreja, cuando se rompió la pantalla de mi HTC llegó el momento del cambio. Hoy hace aproximadamente una semana que me he pasado a iPhone. Por el momento solamente puedo decir una cosa: quizá tenga sus cosas, pero hay una diferencia clave para mi con respecto al HTC y su Android: LA EXPERIENCIA DE USUARIO. Me han captado. Es absorbente el uso que puedo hacer del teléfono a pesar del entorno cerrado. Simplemente me gusta y me asombra lo bien que han hecho las cosas en Apple (no se si la culpa es de Steve Jobs o no, pero intuyo que sí).

Así que mi conclusión es:

1. Los que me lo habíais dicho antes: SI, teníais razón. Algo ha cambiado.
2. Este post lo estoy escribiendo desde un iPad. Se terminaron mis dudas cuando empecé a usar el iPhone.
3. La Experiencia de Usuario es lo q verdaderamente marca la diferencia para tener contento al cliente (sobre eso me gustaría escribir en la segunda parte de este post).
4. El PC de casa está fallando mas de la cuenta últimamente...
5. Los convencidos de Android o de Blackberry (cada vez menos estos últimos), podéis tratar de convencerme de lo maravillosas que son vuestras máquinas y de que Google supera en terminales a Apple, o de que las aplicaciones son súper configurables. Pero no podréis convencerme de que, al menos esta vez, YO DISFRUTE MAS CON APPLE.

P.D. Mi iPod Touch sigue funcionando como el primer día tres años después.

Algunas modificaciones prácticas de la Ley de Sociedades de Capital

Trascribo a continuación (más bien corto y pego) unas notas que escribí hace pocos días en la Newsletter de Nexo Abogados sobre la reciente reforma de la Ley de Sociedades de Capital. Han sido varias las novedades importantes introducidas, pero personalmente me limité a reseñar algunas de carácter más interesante para el empresario o accionistas aunque los profesionales quizás puedan/podamos dar más relevancia a otras modificaciones (publicidad, requisitos, etc.).

Especialmente interesante me parece la reflexión acerca de la eliminación del requisito de legitimación de firmas en los certificados de acuerdos de aprobación de cuentas anuales. Es cierto que la Exposición de Motivos de la Ley (que por cierto, entró en vigor el 2 de octubre pasado), habla de que se elimina ese requisito reglamentario pero, ¿dónde lo pone?. ¿Dónde dice o hace pensar que realmente ha quedado eliminado ese requisito? Si alguien lo encuentra o lo sabe que me lo diga por favor! Por el momento muchas son las referencias, artículos de opinión, etc. que se ven en la Web hablando y dando por hecha esa eliminación que yo, personalmente, no he visto por ningún sitio....

Como decía, corto y pego....





Algunas de las modificaciones introducidas suponen un claro avance en la equiparación de algunos aspectos formales entre las Sociedades Anónimas y las de Responsabilidad Limitada. Son importantes avances hacia un código único de sociedades mercantiles. No obstante, no se pretende con estas líneas ahondar en aquellas modificaciones que, si bien son de especial interés para los profesionales, quizá su lectura no seduzca tanto al empresario, socio o accionista de una empresa de capital. Además, una magnífica explicación de cuales son esas novedades, la encontramos en la propia Exposición de Motivos de la propia Ley 25/2011, que más arriba se enlaza para mentes más inquietas.

Sin embargo, tras la detenida lectura de los cambios introducidos, hay algunos de ellos que resultan especialmente curiosos y que sí pueden ser interesantes para los socios de estas sociedades de capital. Se trata, en particular y entre otros, de:

1.-  La regulación societaria de la página web corporativa. La sede electrónica.

Si bien las modificaciones incluidas en esta Ley 25/2011 nos parecen en general un avance positivo en la medida en que se eliminan trámites innecesarios y se unifican determinados criterios respecto a sociedades anónimas y limitadas, también pensamos que en determinados aspectos no es conveniente un exceso regulatorio.

En tal sentido, creemos que con la necesidad de contar con acuerdo de junta general para la creación de una página web corporativa, tal y como recoge el nuevo artículo 11.bis de la Ley de Sociedades de Capital (cuando entre en vigor el próximo 2 de octubre de 2011) se están poniendo "puertas al campo" y se está dotando de demasiado control a las facultades del administrador para crear una página web.


Así pues, tengamos en cuenta que a partir de la entrada en vigor de estas modificaciones, la creación de una página web corporativa requerirá de acuerdo de la Junta General de la Sociedad.

Sí nos parece más acertado la obligación de inscribir el cambio de dirección de la web o bien de informar a los socios de cuál es esa nueva  dirección (en principio los administradores podrán trasladarla sin necesidad de acuerdo de junta) ya que las convocatorias de junta pueden llevarse a cabo a través de la web de la empresa por lo que para garantizar el efectivo ejercicio del derecho de información de los socios es necesario que éstos conozcan la dirección de la web.


2.-  La eliminación del requisito de la legitimación de firmas en la certificación del acuerdo de aprobación de las Cuentas Anuales.


Se trata éste de una modificación que será bienvenida, a buen seguro, por los administradores sociales de las sociedades que año tras año acuden al Notario, D.N.I. en mano, para la legitimación (aunque la Ley habla de legalización) de su firma como paso previo al depósito de las cuentas en el Registro Mercantil.

De este modo, además de agilizar el trámite en cuestión, se reduce el gasto que tiene para la sociedad todos los años la necesaria y conveniente presentación de las Cuentas Anuales para su depósito en el Registro Mercantil.

Ojo: de todos modos hay que tener en cuenta que se trata de una mención en el Preámbulo de la propia Ley, en el que literalmente dice que "en materia de cuentas anuales, dos medidas vienen a reducir el coste de su depósito, facilitando el grado de cumplimiento de esta obligación. Por un lado, la eliminación del  requisito reglamentario de que la firma de los administradores tenga que ser objeto de  legalización. Y, por otro lado, la supresión de la publicación en el «Boletín Oficial del  Registro Mercantil» del anuncio de las sociedades que hubieran cumplido con esa obligación de depósito..." Por lo tanto, todavía deberemos esperar a la modificación del Reglamento del Registro Mercantil y su entrada en vigor para la plena aplicación de esta medida, aunque es cierto que todo apunta a que efectivamente se suprimirá este requisito reglamentario.


3.-  La regulación del derecho al reparto de dividendos.

Por último, se introduce un nuevo artículo 348 bis con una modificación de gran calado desde nuestro punto de vista. Se trata de la facultad -reconocida ahora legalmente- para aquel socio que hubiera votado a favor de la distribución de beneficios de separarse de la sociedad (con todo lo que ello implica de cobrar el importe de sus acciones o participaciones en los términos previstos legal y estatutariamente) en el caso de que a partir del quinto ejercicio desde la inscripción en el Registro de Mercantil de la sociedad, la Junta General no acordara la distribución de, al menos, "un tercio de los beneficios propios de la explotación del objeto social obtenidos durante el ejercicio anterior, que sean legalmente repartibles". Entrecomillamos dada la importancia del matiz: no se trata de cualquier ejercicio ni generado en cualquier momento. En cualquier caso se trata de una importante novedad que trata de evitar los abusos de mayoría en aquellas sociedades en que sistemáticamente se vota en contra del reparto de dividendos cuando, existiendo beneficios un socio minoritario es privado de su derecho a la obtención de dichos dividendos.

Lo expuesto no se trata más que de un apunte de las modificaciones introducidas ya que, de ellas se pueden desprender otras muchas interpretaciones y análisis. Sirva no obstante, a modo informativo.""

¿Debemos dar marcha atrás en la construcción europea?

Interesante esta reflexión vista en el Economy Weblog del IE acerca de la cohesión de Europa. La entrada es de agosto de este año, pero es de plena actualidad.

La cuestión que plantea es si debemos dar marcha atrás en la construcción europea.

En resumen, el planteamiento que hace Rafael Pampillón en el post viene a cuestionar si ante las dificultades griegas, la delicada situación del euro, la desconfianza de los ciudadanos en el papel de la Unión, etc. no será el momento de olvidarnos de esa unión y volver a las soberanías nacionales plenas. Plantea sólo la cuestión, no es que la defienda.

A mí, cuanto menos, me ha parecido digno de mención que hayamos llegado a una situación en la que reputados economistas, miembros de prestigiosas escuelas de negocios siquiera lleguen a plantearse la ruptura de Europa.

Por avanzar un poco más, aclaro que en mi opinión dar marcha atrás en la construcción de Europa sería el mayor error que podríamos cometer. Ahora prima la unión y no la atomización. Si juntos apenas podemos competir con "las fuerzas del mercado" signifique eso lo que signifique, ¿qué posibilidades tendrían pequeños países más allá de tratar de mantener cierta paz social interna? No es ese el camino en un mundo cada vez más globalizado.

No alcanzo a comprender como todavía hay gente que opina que mejor separados que juntos. Los nacionalismos, regionalismos, localismos, etc. están más desacreditados que nunca.

Aquí un enlace a la cuestión planteada en el Blog del IE: ¿Debemos dar marcha atrás en la construcción europea?

Motivación e inspiración en estado puro

Me he pensado un minuto si enlazar de nuevo el video de Steve Jobs impartiendo su lección magistral en Stanford en 2005.

Se ha visto tantas veces, se ha enlazado tantas otras... En cualquier caso lo enlazo. Solo la mínima posibilidad de que una persona que no lo haya visto pueda hacerlo por pasarse por aquí, aunque sea de casualidad, hace que merezca la pena la falta de originalidad por mi parte.

El mensaje no tiene desperdicio: se tú mismo, no tengas miedo, persevera en lo que quieres, haz lo que de verdad quieres hacer, no malgastes tu tiempo viviendo la vida de otros, ama, se real....

"Vivir sin Jefe": mi presentación en The Monday Reading Club Murcia

El pasado lunes 12 de abril tuve la oportunidad de participar como ponente en The Monday Reading Club Murcia, invitado por Paco Viudes, Cris Alcázar y Paul Gailey.

El libro sobre el que intercambiamos opiniones fue "Vivir sin Jefe", de Sergio Fernández.

Se trató de una experiencia muy enriquecedora y creo que se alcanzó el objetivo que me había propuesto: generar debate y reflexión entre todos los participantes.

El tema de emprender es serio. No se trata de un juego aunque a veces no somos conscientes de ello.

Dejo aquí la presentación que preparé para la ocasión:


p.d. aclaro la fórmula que aparece en la presentación. E= emprendimiento; m=motivación; c=constancia.

Las claves para crear una aplicación web exitosa

Inspiration: Future Of Web Apps Miami 2009Image by Patrick Haney via Flickr

¿Cuál es el secreto del éxito de una aplicación web? Es evidente que el trabajo, el esfuerzo y dar con la tecla adecuada en el momento justo es importante, pero ¿qué ingredientes debe reunir una buena aplicación para que tenga mayores probabilidades de convertirse en una aplicación de éxito?

Actualmente estoy involucrado en el equipo fundador de InmoDelega, proyecto web que acaba de ver la luz y se encuentra en fase de producción. Estos meses de preparación me han hecho pensar en cuales son estas pequeñas píldoras que marcan la diferencia entre un proyecto exitoso de otro que no lo es y creo que todo se resume en esta entrada de Cristalab que resume una charla al respecto de Fred Wilson (cuyo blog ha ido directo a mi Google Reader).

Fred Wilson es un empresario, VC de éxito que está detrás de proyectos/empresas como Twitter, Foursquare, Disqus, y otras.

Para mí, las 5 claves más importantes son:

  1. Velocidad.
  2. Que no haya que encontrarle una utilidad. Debe ser obvia.
  3. Simplicidad.
  4. Que sea programable. La API.
  5. Posicionamiento, visibilidad.


Aquí el vídeo de la charla:

The 10 Golden Principles of Successful Web Apps from Carsonified on Vimeo.




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El video clip más friki que he visto nunca

Un rap que nos explica para que sirve el colisionador de partículas del CERN.

Creo que es el video más friki que he visto.... Me gusta!

9 maneras de hacer tu negocio más atractivo para los inversores

Al hilo de la entrada en favor de los Business Angels, creo que es conveniente conocer algunas pautas que todo emprendedor que piensa en buscar la inversión de un Business Angel debe poner en práctica.

Esta lista de "9 maneras de hacer tu negocio más atractivo para los inversores" son asimismo muy prácticas para los propios inversores, de forma que sirven también de recordatorio de dónde invertir y dónde no.

Aquí dejo la entrada completa (en inglés), pero extracto algunas de las claves:

  1. Audita la empresa. Cualquier inversor confiará más en los números auditados.
  2. Reduce costes. Incrementa beneficios.
  3. Asegurate de que tus objetivos empresariales coinciden con tus objetivos personales.
  4. Si no estás al frente, asegurate de que lo esté un lider cualificado.
  5. Ten un plan estratégico de crecimiento ilusionante (pero no irreal).
  6. Consigue los objetivos que prometas.
  7. Que tu plan no dependa solo de tí.
  8. Ten en cuenta los aspectos legales.
  9. Paciencia.

Lanza en favor del Business Angel

Cada día estoy más convencido del importante papel que los Business Angels están destinados a jugar en cuanto a la creación de valor, junto con los empresarios y emprendedores de a pie, en nuestra sociedad.

Mediante la "inversión ángel" se están destinando fondos a empresas que de otra manera tendrían muy complicado el acceso a la financiación que necesitan, se está aportando un valor esencial en lo que se refiere a experiencia, consejos, contactos, etc., que puede marcar la diferencia entre el éxito y el fracaso.

A no todas las empresas que empiezan les conviene un Business Angel. Recordemos que en la mayor parte de los casos se está dando entrada en el capital a un tercero y que, además, busca retribución a su inversión de riesgo. Sin embargo, en aquellos casos en los que encaja este tipo de inversión se trata de un gran valor añadido.

Ahora bien, no nos engañemos. Aunque cada vez se oye hablar más de este tipo de inversores en España (redes de Business Angels como Murcia BAN, eventos, etc.), todavía es muy difícil convencer a un inversor privado para que destine entre 20.000 y 200.000 euros a un proyecto que todavía no ha demostrado nada y que no tiene comparables con los que llevar a cabo una valoración medianamente objetiva.

En Estados Unidos este tipo de inversión está mucho más arraigada. Silicon Valley, Boston o NYC son lugares donde los Business Angels están perfectamente organizados y son la primera fase de inversión para muchas empresas de forma previa al capital riesgo propiamente dicho. En términos de empleo indirecto, los datos que arrojam las inversiones de los Business Angel en Estados Unidos son abrumadores.

Nos queda mucho camino por recorrer, y tanto inversores como emprendedores deben tomar conciencia de que se trata de una inversión seria. Una alternativa perfectamente válida que si se lleva a cabo de forma profesional, puede resultar muy rentable para ambas partes.

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Entrevista que me hiceron en el programa En Primera Persona en Thader TV

Hace cosa de un mes me entrevistaron, en mi calidad de Presidente de AJE Región de Murcia, en el programa "En Primera Persona" de Thader TV.

La verdad es que a lo largo de la entrevista que condujo María José López, se tocaron bastantes temas (la entrevista duró más de 40 minutos!) que creo son bastante interesantes.

Si quieres saber más cosas sobre AJE Región de Murcia o algunos programas o actividades que se desarrollan a través de la asociación o bien la opinión del que suscribe sobre algunos temas, es una buena oportunidad.

También dejo el enlace a la entrevista completa (aunque no se cuanto tiempo la tendrán puesta en la web).

p.d. Mamá, como siempre me dices que no te aviso cuando salgo en la tele, aquí te dejo 40 minutazos de entrevista. :)